Vuelven los embargos para pymes y pequeños contribuyentes

El 27 de diciembre de 2024, el ministerio de Economía comunicó que a partir del 1 de enero de 2025 vuelven los embargos y juicios de ejecución fiscal para micro, pequeñas y medianas empresas y pequeños contribuyentes.

Recordemos que, a partir de la Resolución 617/2024, se mantenía vigente la suspensión de inicios de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas -Tramo 1 y 2- (con certificado MiPyME vigente), las personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes, las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes pertenecientes al sector de salud.

La publicación de la Resolución 1445/2024 encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que a partir del 1 de enero de 2025 se puedan iniciar juicios de ejecución fiscal y embargos a pymes y pequeños contribuyentes. No obstante, esta misma resolución dispone prorrogar los mismos y de las trabas a las medidas cautelares hasta el 31 de julio de 2025, inclusive, a los siguientes contribuyentes:

  • Entidades sin fines de lucro.
  • Contribuyentes del sector salud.

En conclusión, a partir del 1 de enero de 2025 vuelven los embargos y juicios de ejecución fiscal, excepto para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud, los cuales gozarán de la suspensión hasta el 31 de julio de 2025. De esta manera, quedan fuera de esta prórroga las micro, pequeñas y medianas empresas como así también las personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes. Es importante tener presente que durante enero se encuentra la feria fiscal, por lo que los juicios de ejecución fiscal y embargos comenzarán a realizarse a partir de febrero 2025.

 Luciano Sanabria

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